Resumen: PRIMERO.- Ejercita el demandante acción de impugnación de acuerdos sociales, al amparo de lo previsto en los arts. 204 y ss LCS. Concretamente se impugnan los acuerdos adoptados en la Junta General de la sociedad demandada, el día 31.05.2019, por infracción de normas legales relativas al derecho de información del socio, arts. 272 y 197 LSC. Asimismo los acuerdos adoptados en la Junta Extraordinaria del mismo día por infracción del art. 286 en relación con el art. 368 TRLC.